calcular finiquito

El finiquito es el documento en el que se da por concluida la relación de trabajo y en el que se hace referencia a la liquidación de esa relación. En definitiva es las sumas que la empresa debe al trabajador. 

Es independiente de la indemnización. La indemnización se refiere al importe que la empresa debe pagar al trabajador en caso de resolución del contrato.

Por despido improcedente corresponden 33 dias por año

Por causas objetivas corresponden 20 dias por año

Por modificación sustancial de condiciones de trabajo son 20 días por año

Por muerte, incapacidad o jubilación del empresario son 30 días de salario.

Por finalización de contrato temporal, mientras que el finiquito se refiere a las cantidades que se le deben al empleado por el trabajo realizado.

¿Como se calcula?

Para calcular el finiquito hay que saber que conceptos son los que la empresa nos debe y como determinar la suma que nos corresponde.

Existen variables que no deben olvidarse:

  1. El salario, calcula los días que has trabajado en el mes en curso y multiplica tu salario diario por ese número de días
  2. Pagas extras, calcula la parte proporcional que te corresponde cobrar, tanto de verano, como de navidad, sin olvidar otras como puede ser la de beneficios. Si las pagas extraordinarias se vienen abonando de modo prorrateado, es decir, todos los meses, de igual modo tendremos que calcular la correspondiente a los días del mes en curso.
  3. Cantidad extraordinaria, hay que tener en cuenta cantidades que la empresa deba, como gastos o comisiones.
  4. Vacaciones, generalmente se dispone al año de 30 días naturales o 22 días hábiles. Corresponde percibir los días que no se hayan disfrutado, en proporción al tiempo que se haya trabajado ese año.
  5. Horas extras 
  6. No debemos olvidar los anticipos de los que se hayan disfrutado, pues hay que descontarlos. 
  7. En el supuesto de que no se haya cumplido con los plazos mínimo de preaviso (suele ser 15 dias) la empresa puede descontarlos como días de sueldo, cuando sea el trabajador quien solicita la resolución del contrato, o por el contrario añadirlos si es la empleadora quien interesa la extinción de la relación por ciertos motivos tasados y no cumple con el mismo.

¿Esta conforme con el cálculo de su finiquito?

Es importante cuando la empresa nos presenta el finiquito para su firma, si no tenemos claro que es efectivamente correcto, hacerlo como NO CONFORME  o pendiente de revisión, para disponer de la posibilidad de reclamar si algo va mal.

Si se firma como CONFORME, es más difícil reclamar, aún cuando los jueces cada vez tienen más presente, posibles vicios o errores en el consentimiento, como presión para firmar, falta de información…, o cuando la firma se presta como mera notificación no como renuncia a demandar a la empresa.

 

En caso de alguna otra duda, en Mares Abogados podemos asesorarte de forma gratuita, a través del formulario de contacto, para que puedas ampliar la información que necesites.

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