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¿Qué es un préstamo al consumo vinculado?
Son un tipo de créditos que ofertan a los consumidores para facilitar el pago de una compra-venta o prestaciones de servicios. La financiación no la oferta directamente el establecimiento o empresario, sino que se cuenta con una entidad financiera colaboradora que es la que concede el préstamo directamente al consumidor.
Características del préstamo para que sea considerado vinculado
- El proveedor del servicio o bien debe ser distinto a la entidad que concede el préstamo.
- Que el proveedor del servicio o bien tenga un acuerdo con la empresa que concede el crédito, para que ésta última financie a sus clientes. Exclusivamente para la adquisición de bienes o servicios del primero.
- Que el crédito concedido se haya obtenido gracias al acuerdo firmado entre el empresario y la entidad financiera.
Derechos ejercitables en los créditos al consumo vinculados
El artículo 29 de La Ley 16/2011 de 24 de junio, de contrato de créditos al consumo, enumera los derechos ejercitables en este tipo de préstamos:
- Derecho de desistimiento: si el consumidor ejerce este derecho respecto al contrato de venta o prestación de servicios (puede hacerlo de manera parcial) el consumidor dejará de estar obligado al pago de la financiación (en caso de desistimiento parcial, una vez haya abonado el servicio efectivamente prestado).
- Ejercicio de derechos frente a la entidad financiera: el consumidor aquí tiene una doble seguridad, porque además de poder ejercitar sus derechos frente al vendedor o proveedor de servicios, podrá hacerlo ante la entidad financiera que concedió el préstamo. Para poder ir contra la entidad financiera, se deberán cumplir dos requisitos:
- Que no se haya prestado el servicio o entregado el bien adquirido en todo o en parte.
- Que se haya reclamado el cumplimiento de contrato al proveedor (esta reclamación puede ser judicial o extrajudicial).
Ventajas de los préstamos vinculados
Los préstamos vinculados tienen varias ventajas. La primera es la posibilidad de pagar en plazos cualquier compra o prestación de servicios. Sin tener que pagarla al contado ni tener que acudir a una entidad bancaria. Todo se hace desde el establecimiento del proveedor al existir ya un acuerdo entre el proveedor y la entidad financiera. Los trámites suelen ser sencillos y los realiza directamente el proveedor.
Pero la gran ventaja es la seguridad que aportan, ya que uno de los grandes problemas del pago al contado es ¿qué pasa si desaparece el proveedor o una vez abonada la totalidad de la cuantía no cumple con lo pactado? En la actualidad lo estamos viendo con el cierre de las clínicas “DENTIX”. Hay miles de pacientes que han pagado la totalidad de los tratamientos y no se lo han realizado o no está terminado.
Caso Dentix
El caso “DENTIX” es justo el que intenta proteger la Ley. TODOS los pacientes que hayan financiado el tratamiento a través de un préstamo vinculado podrán, una vez realizada la pertinente reclamación a su clínica, hacer lo mismo contra la financiera que concedió el préstamo. Pudiendo así recuperar su dinero.
Sin embargo, los pacientes que hayan abonado el tratamiento al contado, o mediante un crédito normal, deberán hacer la reclamación ante el grupo de clínicas, actualmente en concurso de acreedores, y esperar al final del mismo, para ver si hay liquidez para la devolución de las cuantías, aunque esto es muy improbable, por lo que con casi toda seguridad, habrán perdido el total de lo abonado.
Recomendaciones
Antes de firmar un préstamo al consumo ten en cuenta los siguientes derechos que te protegen,
- La entidad financiera entregará al consumidor la publicidad e información necesaria para que pueda comprobar las condiciones de la oferta.
- El consumidor podrá solicitar una oferta vinculante, con una vigencia mínima de catorce días.
- Deberá recibir por parte de la entidad financiera todas las explicaciones que precise.
- El contrato deberá ser por escrito, firmado por todas las partes.
- Se reconoce derecho de desistimiento de catorce días naturales sin coste ni motivación alguna
Si tienes alguna duda, en Mares Abogados podemos informarte de forma gratuita, a través del formulario de contacto, podrás ampliar la información que necesites.



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